El IRP entró en vigencia desde el 1 de agosto de 2012, de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto Nº 9371 de la Presidencia de la República, que reglamenta las disposiciones de la Ley Nº 4673/12. En el primer año alcanzó a las personas físicas cuyos ingresos superaron los 120 salarios mínimos.
Se aclaró igualmente que si el contribuyente está debidamente documentado respecto a sus gastos, exigiendo facturas legales, pagará una suma ínfima en concepto de este impuesto. Indicaron que hasta ahora el Estado no registra un gran ingreso respecto a este gravamen, pero aún así tiene un efecto de normalización de la economía en el sentido de que incrementa los ingresos por el IVA.
Los expositores estimaron que de los 2.500 contribuyentes que se inscribieron en el primer periodo, se estima que llegará a 80.000 cuando el IRP se aplique a partir de quienes ganan 3 salarios mínimos al mes.
Advirtieron igualmente los expositores que se impone una adecuada información de parte del contribuyente para tributar lo justo, exigir y tener ordenadamente las facturas será una conducta fundamental para ese propósito.