El decreto N° 4981 de fecha 26 de agosto de 2010 será refrendado por los ministros Efraín Alegre, de Obras Públicas y Comunicaciones, y Héctor Lacognata, canciller nacional.
El monto fijado asciende a 150 millones de dólares americanos en concepto de pago por compensación en la cesión de energía imputable a la cancelación parcial de las acreencias correspondientes al Ejercicio Fiscal 2010, según el numeral V.1 del anexo “C”, Numeral V, del Tratado de Yacyretá.
Actualmente existen montos pendientes de pago a nuestro país y el Tratado de Yacyretá, establece que las partes que adquieran energía cedida, de conformidad al artículo VIII del Tratado, pagará una compensación y, conforme al parecer de la Dirección de Asuntos Jurídicos del MOPC, no existen obstáculos legales para la prosecución de los tramites tendientes para su formalización, según señala el considerando del presente decreto.
El año pasado, el monto de la compensación por cesión de energía, transferido al Ministerio de Hacienda de Paraguay, fue de 140 millones de dólares. Estos recursos corresponden al desembolso por entrega de energía que Yacyretá le vende a Argentina de la parte que no utiliza Paraguay.
En el año 2008, la transferencia del Gobierno argentino ascendió a 120 millones de dólares americanos.
La entrega de divisas al fisco paraguayo es una transferencia que se realiza de gobierno a gobierno, y en que la Entidad Binacional Yacyretá solo actúa de intermediaria.
Foto: Vista áerea de la Central Hidroeléctrica Yacyretá.